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El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) emitió una Resolución y Orden en el caso número NEPR-MI-2020-0001, con relación a la moción presentada el pasado 16 de septiembre de 2024 por LUMA Energy, sobre los factores de las cláusulas de ajuste trimestral de la tarifa de energía eléctrica para el periodo de octubre a diciembre de 2024.
Luego de evaluar en sus méritos la moción presentada por LUMA Energy, así como su respuesta a los requerimientos de información del NEPR, el Negociado informó que prevalecen inalterados y vigentes los factores de la Cláusula de Ajuste por Compra de Combustible («FCA», por sus siglas en inglés), la Cláusula de Ajuste por Compra de Energía («PPCA», por sus siglas en inglés) y la Cláusula de Subsidio de Combustible («FOS», por sus siglas en inglés), a continuación detallados, según aprobados mediante la Resolución de 30 de junio de 2024. Estos factores se mantendrán en vigor desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta tanto el NEPR los modifique.
En su Resolución y Orden, el Negociado de Energía le advierte a LUMA Energy que de no cumplir con la determinación se interpretará como una violación a las órdenes del Negociado de Energía y podrá resultar en la imposición de multas administrativas de hasta $25,000 por día, por violación, así como cualquier otra sanción administrativa que el Negociado de Energía entienda necesaria, de conformidad con el Art. 6.36 de la Ley 57-2014.
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