» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
Sus datos han sido cambiados con éxito
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Noticias, Alertas, Eventos, App y Redes Sociales
Descuentos en cursos y un equipo de expertos a tu alcance en horario extendido
Leyes, LPRA, Reglamentos, Órdenes, Opiniones y más
Tribunal Supremo y Tribunal de Apelaciones
UPR, Inter, Católica, Colegio de Abogados y más
Supremo, Circuito, Distrito, Quiebras, USC y CFR
Seguimiento al trámite legislativo, informes
( Por usuario/mes )
No requiere contrato, puedes cancelar en cualquier momento.
Para suscripciones multi-usuario llámanos al 1-787-724-3889
No requiere contrato, puedes cancelar en cualquier momento.
ACTUALIDAD
SERVICIO
Noticias, Eventos, Alertas, Apps y Redes Sociales. Descuentos en cursos y un equipo de expertos a tu alcance.
ACTUALIDAD
SERVICIO
LEYES Y REGLAMENTOS
DECISIONES
El Plan Social + Leyes, LPRA, Reglamentos, Ordenes, Opiniones y Decisiones del Tribunal Supremo y del Tribunal de Apelaciones
ACTUALIDAD
SERVICIO
LEYES Y REGLAMENTOS
DECISIONES
REVISTAS
FEDERAL
El Plan Esencial + Revistas Y Federal (Supremo, Circuito, Distrito, Quiebras, USC y CFR)
ACTUALIDAD
SERVICIO
LEYES Y REGLAMENTOS
DECISIONES
REVISTAS
FEDERAL
PROYECTOS DE lEY
El Plan Superior + Proyectos de Ley, seguimiento legislativo e informes
Nuestra misión es organizar la información legal de tu jurisdicción, para hacerla útil y accesible a través de un sistema de actualidad, investigación y educación.
Contamos con un sistema de información diseñado para maximizar la eficiencia y competitividad de cualquier persona que quiera estar bien informada.
Nos enfocamos en ofrecer el mejor servicio al cliente, con la más amplia cobertura de noticias e información oficial para mantenerse al día y optimizar tu práctica. Nuestro interfaz web está diseñado para ser navegado fácil e intuitivamente y cuenta con herramientas y recursos que te ayudan a ser más productivo.
Nuestro contenido está enfocado en legislación, jurisprudencia, doctrina, noticias, eventos y cursos. Mantenemos un rol activo en la industria, asociaciones profesionales y universidades.
service@microjuris.com +1-787-724-3889 pr.microjuris.com
infove@corp.microjuris.com +1-58-0212-793-1042 ve.microjuris.com
socios.cl@microjuris.com +1-56-224268400 cl.microjuris.com
socios.ar@microjuris.com +1-54 11-5031-9300 ar.microjuris.com
El documento solicitado no está disponible en estos momentos. Por favor inténtelo nuevamente más tarde. Si lo desea puede obtener AYUDA EN VIVO de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 11:00 a.m. a 3:00 p.m. haciendo click aquí.
Opiniones del Tribunal Supremo de Puerto Rico | Constitucional , doctrina del fruto del árbol ponzoñoso , Evidencia , Procesal
Partes: El Pueblo de Puerto Rico, Recurrido v. Waldemar Fernández Rodríguez, Peticionario
En el presente caso nos corresponde determinar si procede la supresión de evidencia real obtenida como producto de las declaraciones realizadas por un abogado en violación al privilegio abogado-cliente por alegadamente considerarse "fruto del árbol ponzoñoso".
En el caso de autos, en primer lugar debemos resaltar el hecho de que el agente del orden público no actuó de manera abusiva ni maliciosa para obtener evidencia de manera ilegal. Quien violó el privilegio abogado-cliente y actuó contrario al derecho vigente fue el abogado del acusado. Una vez el policía le preguntó al abogado dónde se encontraba el arma, su obligación era levantar el privilegio abogado-cliente, pero no lo hizo. Esa declaración del abogado se hizo en violación al privilegio abogado-cliente y, por lo tanto, esa comunicación privilegiada no es admisible como evidencia. Sin embargo, la evidencia que se obtuvo como fruto de esa comunicación, en este caso el arma, el cargador y las municiones, sí es admisible en evidencia. Esta evidencia real no se obtuvo por actuaciones ilegales de los agentes, en violación al Art. II, Sec. 10 de nuestra Constitución, supra, sino por el testimonio que realizó el abogado en violación al privilegio abogado-cliente.
Por todo lo anterior, reconsideramos lo resuelto en Pueblo v. Fernández Rodríguez, supra, y establecemos que la regla de exclusión, conocida como la doctrina del "fruto del árbol ponzoñoso", no se extiende para suprimir evidencia real obtenida como producto de una violación al privilegio abogado-cliente.