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NOTICIAS | Electoral , Judicial , Julio Roldán Concepción , Litigación , Miguel Trabal Cuevas , Municipios , NOTICIAS , Poder Judicial de Puerto Rico , Yanitzia Irizarry
El juez Miguel Trabal Cuevas reconsideró la sentencia que dictó el 30 de noviembre en la que le ordenaba a la alcaldesa de Aguadilla, Yanitzia Irizarry, que comenzara una transición con el alcalde electo Julio Roldán.
«Esto no quiere decir que el demandante no tenga razón en su planteamiento de derecho, quiere decir que, por su error al no radicar debidamente juramentada, el tribunal directamente carece de jurisdicción«, sostuvo el juez.
El juez se refiere a que la demanda de mandamus que presentó el alcalde electo de Aguadilla no cumplía con las Reglas de Procedimiento Civil, porque no se presentó debidamente juramentado.
El mandamus es un recurso extraordinario que se presenta ante los tribunales para que una persona o a una entidad cumpla con algún acto que está dentro de sus deberes.
Ante la resolución del juez porque la demanda no estaba debidamente juramentada, el alcalde electo presentó una moción para enmendar la demanda e incluyó la declaración jurada requerida por las reglas.
Aunque la resolución releva a la alcaldesa de comenzar una transición, el juez destacó que se debe observar bien y fielmente lo expresado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) en el caso del alcalde preliminarmente certificado de San Juan, Miguel Romero, contra la alcaldesa Carmen Yulín Cruz Soto.
«De tener reparo para observar la determinación del Tribunal Supremo, es ante ese foro que tiene que presentar su posición y persuadir al Honorable Tribunal que no es cierto, lo que en esta resolución […] son aspectos totalmente ciertos en derecho», planteó el juez en su resolución.
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