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Redefinen Junta de Gobierno de la AAA para promover participación de Alcaldes

29 de mayo de 2025
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Esta semana la Cámara de Representantes durante su Sesión Ordinaria, aprobó de forma unánime el Proyecto del Senado 459, presentado a petición de la Federación del Alcaldes de Puerto Rico a fines de enmendar la Ley Núm. 40 del 1 de mayo de 1945, conocida como Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico.

Esto, con el fin de reconstituir los miembros de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y aclarar el alcance de las prohibiciones absolutas a los funcionarios u oficiales ejecutivos por razón de su cargo.

Lee el Proyecto del Senado 459

Según aprobada por el Senado, la medida sustituye a los Directores Ejecutivos de la Asociación de Alcaldes y de la Federación de Alcaldes como miembros ex officio de la Junta de Gobierno de la AAA, delegando en su lugar la facultad de designación en los presidentes de ambas organizaciones. Así, estos presidentes escogerán a dos representantes para formar parte de la Junta.

Además, se modifica la disposición que imponía una prohibición absoluta a los miembros de la Junta de participar en actividades político-partidistas. La nueva redacción exceptúa a los representantes designados por la Asociación y la Federación de Alcaldes de algunas de estas restricciones, en reconocimiento de su vinculación natural con actividades políticas debido a la naturaleza de sus organizaciones. Se establece expresamente que ninguna disposición de la ley podrá interpretarse como una limitación al derecho constitucional al sufragio en Puerto Rico, conforme al Código Electoral de Puerto Rico de 2020.

De esta forma, la Junta de Gobierno estará compuesta por 7 miembros, incluyendo: 4 directores independientes nombrados por la Gobernadora con el consejo y consentimiento del Senado, 1 representante electo por los clientes de la AAA y 2 representantes municipales designados por la Asociación de Alcaldes y la Federación de Alcaldes.

Sobre las disposiciones de remuneración, se dispone que la compensación por los servicios prestados por los miembros de la Junta será fijada por unanimidad de la misma; si no se logra consenso, la determinará la Gobernadora.

Según reza la medida, las enmiendas propuestas surgen en respuesta a las limitaciones impuestas a los Directores Ejecutivos de las organizaciones de alcaldes para formar parte de la Junta de Gobierno de la AAA, lo cual resulta contradictorio por el carácter político inherente a sus funciones.

 

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