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Reforma contributiva: Qué es el Crédito por Trabajo y cómo puedes reclamarlo en la planilla

29 de enero de 2020
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El secretario del Departamento de Hacienda (DH), Francisco Parés Alicea, informó que miles de contribuyentes podrán reclamar un Crédito por Trabajo de hasta $2,000 en su planilla de contribución sobre ingresos, y repasó los requisitos para obtener el beneficio que estará disponible en este ciclo contributivo correspondiente al año 2019.

«Según establecido en la Reforma Contributiva, en la próxima planilla de Contribución sobre Ingresos, los individuos podrán reclamar un Crédito por Trabajo entre $300 y $2,000, dependiendo de su ingreso, estado civil y la cantidad de dependientes. Este es uno de los principales cambios en el Código de Rentas Internas de 2011, que introdujo la Ley 257 de 2018″, explicó el Secretario.

El Crédito por Trabajo se concederá a individuos residentes en Puerto Rico, tanto solteros como casados, que cumplen con ciertos requisitos de ingresos y el último día del año contributivo, tienen entre 27 y 64 años.

Se considerarán dependientes los hijos del contribuyente o de su cónyuge, que tengan 18 años de edad o menos y en el caso de los estudiantes a tiempo completo, que no sean mayores de 25 años.

Por su parte, el principal oficial financiero del Gobierno de Puerto Rico, Omar J. Marrero, destacó que la implementación del crédito por trabajo forma parte del Plan Fiscal.

«Lo más significativo de esta iniciativa es que se traducirá en un pago contributivo más bajo para miles de trabajadores en Puerto Rico, lo cual será beneficioso para la economía de la isla», expresó el también director ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF).

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Para calcular el crédito, se tomarán en cuenta los siguientes renglones de ingresos y estatus:

  • Contribuyentes que no tengan dependientes: El crédito será hasta un máximo de $300.00, cuando el salario durante el año contributivo sea en exceso de $18,000, hasta $20,500. Para los contribuyentes casados, la suma del ingreso debe ser en exceso de $18,000, hasta $21,750.
  • Contribuyentes con un (1) dependiente: El crédito será hasta un máximo de $900.00 cuando el salario durante el año contributivo sea en exceso de $13,000, hasta $20,500. Para los contribuyentes casados, la suma del ingreso debe ser en exceso de $13,000, hasta $24,250.
  • Contribuyentes con dos (2) dependientes: El crédito por trabajo será hasta un máximo de $1,500 cuando el salario durante el año contributivo sea en exceso de $16,000, hasta $28,500. Para los contribuyentes casados, la suma de los ingresos debe exceder los $16,000, hasta $34,750.
  • Contribuyentes con tres (3) o más dependientes: El crédito será hasta un máximo $2,000 cuando el salario durante el año contributivo sea en exceso de $17,000 y $33,500. En el caso de contribuyentes casados, la suma de los ingresos debe ser mayor de $17,000, hasta $42,000.

«Los contribuyentes que devenguen ingresos de cualquier otro tipo, como intereses, dividendos, rentas, pensión alimentaria o venta de activos, entre otros, también podrán solicitar el crédito, siempre y cuando el monto de estos ingresos no exceda los $2,200 durante el año contributivo», detalló el titular de Hacienda.

Sin embargo, los contratistas independientes, así como los casados que radiquen su planilla por separado y aquellos que hayan reclamado el crédito senior, no cualifican para el crédito.

Otro cambio importante contenido en la Reforma de 2018, es el descuento de 5% contra la contribución normal, disponible para todos los individuos.

«Todos los individuos, sin limitación de ingreso, recibirán un descuento de 5% contra la contribución normal, lo que implica una reducción en la contribución a pagar», añadió el funcionario.

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