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La gobernadora, Jenniffer González Colón, convirtió en ley al Proyecto de la Cámara 19 de la autoría del presidente de la Cámara de Representantes, Carlos «Johnny» Méndez, con el objetivo de reglamentar la venta y el uso de neumáticos en Puerto Rico.
El proyecto de ley, que contó también con la coautoría de los representantes Joel Franki Atiles, Victor Parés Otero y la representante Elinette González Aguayo, crea la Ley de Estándares de Seguridad de Gomas y Neumáticos, para establecer estándares mínimos de calidad que deberán cumplir todos los neumáticos disponibles para la venta.
Esta nueva ley prohíbe la instalación y venta de neumáticos que no cumplan con los estándares mínimos de seguridad, incluyendo:
Puedes acceder aquí a la nueva Ley 103-2025
Según la Exposición de Motivos, en la última década la industria de neumáticos usados en Puerto Rico ha crecido significativamente, principalmente porque su precio es considerablemente menor al de los neumáticos nuevos, lo que representa un ahorro importante para el consumidor.
Antes de esta ley, no existía normativa que regulara la venta de neumáticos usados, lo que se asegura generó un problema de seguridad pública. Datos de la Asociación de Fabricantes de Caucho (RMA, por sus siglas en inglés) revelan que muchos de estos neumáticos incumplen con los estándares mínimos de calidad necesarios para garantizar la seguridad vial.
La ley prohíbe el uso de neumáticos con una banda de rodamiento inferior a 2/32 de pulgada de profundidad o que no cumplan con los estándares de seguridad aplicables. Cualquier incumplimiento al transitar por las vías públicas constituirá una violación a esta Ley. Están exentos los vehículos que participan en carreras de autos.
La exposición de motivos señala que estados como Florida, Georgia, Indiana, New Jersey, Oklahoma, South Carolina y Texas consideran medidas similares, siguiendo el ejemplo de Colorado, que aprobó legislación en esta materia el año pasado.
El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, en consulta con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, deberá adoptar la reglamentación necesaria para la efectiva implementación de esta Ley.