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El Tribunal Supremo de Puerto Rico revocó la multa de $20,000 impuesta por la Oficina de Ética Gubernamental a Elí Díaz Atienza, argumentando falta de evidencia suficiente sobre la violación ética. El fallo consideró que el beneficiado era otro servidor público, no una persona privada, lo que contradice las acusaciones de la OEG.
La fianza de no residente dispuesta en la Regla 69.5 de Procedimiento Civil es incompatible con el procedimiento sumario laboral.
En votación dividida, el Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó que un abogado no admitido localmente no incurrió en conducta antiética al colaborar extrajudicialmente en litigios, sin requerir admisión por cortesía.
Tres jueces denunciaron que la orden, emitida bajo la Ley 54 contra una menor de 16 años, tuvo efectos punitivos excesivos y debió ser revisada por el alto foro.
Advierten que la decisión podría validar notificaciones defectuosas de la AAA y afectar a personas vulnerables que intentan revisar facturas excesivas.
El alto foro resolvió que las garantías contra allanamientos irrazonables no aplican a personas en lugares donde no tienen derecho a estar, e incorporó criterios nuevos para analizar intervenciones en propiedades abandonadas.
La Resolución ER-2025-02A del Tribunal Supremo reitera la obligación de la abogacía de completar los cursos sobre las Reglas de Conducta Profesional como parte de su formación continua obligatoria.
El Tribunal Supremo reiteró que toda apelación en casos de desahucio requiere prestar fianza o consignar la deuda, aun cuando el procedimiento se tramite de forma ordinaria.
El Supremo determinó que los límites de responsabilidad de los Centros Médicos Académicos Regionales no aplican a las aseguradoras y reiteró principios clave del derecho de seguros en Puerto Rico.
Columna de la Lcda. Ginnell Torres Adrover. Caso: Brutal, LLC y otros v. Colegio de Productores de Espectáculos Públicos y Otros.