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Resolución del Tribunal Supremo que autoriza transmitir sentencia de Pablo Casellas Toro

04 de febrero de 2014
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Descargue el documento: Ex Parte: Solicitud de la Asociación de Fotoperiodistas de Puerto Rico, et al.

El 28 de enero de 2014, la Asociación de Periodistas de Puerto Rico, el Taller de Fotoperiodismo, Inc., la Asociación de Fotoperiodistas de Puerto Rico y el Overseas Press Club (Asociación de Periodistas y otros) comparecieron ante nos mediante Petición especial de autorización para el uso de cámaras fotográficas y equipo audiovisual en los procesos judiciales al amparo de la Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del poder inherente y constitucional de la Rama Judicial para regular sus procedimientos. Solicitaron que autoricemos la grabación y transmisión par cámaras fotográficas y equipo audiovisual de la vista de sentencia pautada para el 6 de febrero de 2014 en el caso Pueblo v. Casellas Toro.

La grabación y transmisión en vivo de la vista se hará a través de un sistema portátil que la Oficina de Prensa y Relaciones con la Comunidad de la Oficina de Administración de los Tribunales (Oficina de Prensa) ha adquirido recientemente para este tipo de transmisión. El mismo permite la instalación de cámaras de video en las salas de los tribunales y la transmisión remota de las imágenes captadas por estas a los distintos medios de comunicación.

Recordamos a los medios de comunicación que, por la solemnidad del proceso judicial, deben ceñirse estrictamente a las disposiciones aplicables del Reglamento y a lo aquí dispuesto.

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