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Retos legales del «yo digital» y la protección de la identidad en línea

31 de octubre de 2025
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Por Daniel Rivera Vargas

La protección de la identidad de la ciudadanía en el ciberespacio implica varios desafíos legales, para los cuales apenas comienzan a surgir soluciones, según se discutió la semana pasada durante uno de los paneles de la Segunda Convención de Tecnología Legal, celebrada en el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico.

El licenciado Andrew Mercado Vázquez, vicepresidente de la Comisión de Tecnología del Colegio, ofreció la conferencia titulada "El ‘Yo’ Digital: Protegiendo Nuestra Identidad en el Espacio Digital – Desafíos Legales y Soluciones Innovadoras", en la que algunos de los participantes trajeron inquietudes como los posibles efectos en la salud física asociados a la tecnología y la paradoja que representa el querer proteger la intimidad, pero a la vez sumergirse en el espacio público de internet.

Mercado Vázquez expuso que, en la era digital actual, la existencia se ha bifurcado entre el mundo físico y el digital, creando ese «yo» digital, del que surgen amenazas a derechos fundamentales nacidas del vacío legal y la falta de regulación que aún permea estos contornos.

Explicó que ese yo digital, que es una extensión de la persona en carne y hueso, se forma en los espacios sociales web y en otros contextos, como el uso de herramientas financieras por internet. "Esto va creando una imagen de nosotros, una sombra digital que toma vida propia y constituye una segunda vida", mencionó el abogado, citando a psicólogos.

Esto se va formando poco a poco según se navega en el mundo digital, desde las cosas que se compran —o se consideran comprar— hasta la música que se consume, creando un almacenamiento de datos que son procesados constantemente, según dijo.

"Amazon me conoce a mí mejor de lo que yo me conozco a mí mismo", expresó el conferenciante.

Ante esa información recopilada, aún hay vacíos legales sobre lo aceptable y lo incorrecto, que es necesario definir. "No podemos permitir que estos vacíos legales se conviertan en océanos".

"Es normal que el derecho esté un poco atrasado por el paso de la tecnología, pero no podemos permitir que esa delantera sea mucha", sostuvo Mercado Vázquez.

Aunque ya existen mecanismos para evitar cierta manipulación, como el uso de la tecnología blockchain, ya se está desarrollando un derecho para atender estas realidades. Por ejemplo, hay dos leyes federales importantes. Una de ellas es la Ley Federal de Abuso y Fraude en Computadoras (CFAA, por sus siglas en inglés), que crea una responsabilidad penal y una causa de acción civil por entrar a una computadora de forma indebida o excederse en el uso permitido; y también está la Ley Federal de Privacidad en Comunicaciones Electrónicas (ECPA, por sus siglas en inglés).

Pero la jurisprudencia aún está en desarrollo. Ya han ocurrido decisiones adversas a la protección del yo digital ante acciones de las empresas. El conferenciante Mercado Vázquez relató que hubo una decisión del Octavo Circuito Federal, Jones v. Bloomingdale, en la que la demandante reclamaba cómo determinados comercios se atrevían a documentar su información sin pedirle permiso claramente, pero el tribunal apelativo resolvió que la persona no tenía standing por no alegar una lesión concreta. "Sus alegaciones no sugieren de manera plausible que sufrió tal invasión en absoluto", sostuvo.

Añadió que, en Estados Unidos, los estados brindan mayor protección que a nivel federal, y dio como ejemplo el caso de California.

De igual manera, en Europa hay avances legales significativos contra la recopilación de información de los ciudadanos. Dijo Mercado Vázquez, por ejemplo, que en Europa está desarrollado el concepto del derecho al olvido, una forma de que se borre parte del rastro web de la ciudadanía. "Es una especie de eutanasia digital", indicó.

Mientras, respecto a Puerto Rico, en el actual marco jurídico existen tres leyes pertinentes: la Ley de Información al Ciudadano sobre la Seguridad de Bancos de Información (Ley 111 de 2005), la Ley para Prohibir que se Recoja la Información Personal de un Consumidor al Momento de Realizar una Compra (Ley 38 de 2016), y la Ley de Ciberseguridad (Ley 40 de 2024).

Asimismo, hay jurisprudencia importante, como Empresas v. Hietel, que reconoce la existencia de foros públicos adicionales a los tradicionales. "Las plataformas digitales podrían considerarse como sustitutos de los foros públicos tradicionales", indicó.

Aquel caso trataba de una protesta en un centro comercial, pero Mercado Vázquez planteó: "La manera más efectiva de ejercer la libertad de expresión es el espacio digital, no el plano físico".

Otros asuntos discutidos en la conferencia sobre el yo digital incluyeron teorías que identifican temas relevantes como el concepto del enriquecimiento injusto mediante el uso del capitalismo de vigilancia y el tecno-feudalismo. Según Mercado, las plataformas extraen información de valor de forma masiva sin ofrecer compensación a los usuarios, lo que comparó con una forma de explotación.

"El que nos guste estar media hora, una hora en Facebook, TikTok, no quiere decir que no estés haciendo trabajo para el dueño de la plataforma", mencionó.

Finalmente, hizo un llamado a que, en aras de proteger ese yo digital, la ciudadanía entienda que es crucial salvaguardarlo de usos indebidos, que es indispensable que surjan soluciones innovadoras y que se fomente la educación y la concienciación.

"La exploración de nuestras fronteras legales es la mejor manera de prevenir el anquilosamiento del derecho", concluyó el letrado.

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