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El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston revocó al juez del Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico, Francisco A. Besosa, por imponer una condena de cárcel que se excedió de las guías de sentencia.
Según la opinión emitida la semana pasada por el panel compuesto por los jueces David Barron, Ojeta Rogeriee Thompson y William J. Kayatta, el convicto Félix A. Serrano Berrios estuvo preso entre 2014 y 2019 por carjacking, y posteriormente debía cumplir un periodo de sentencia supervisada. Sin embargo, el sujeto violó las condiciones que se le impusieron para ese periodo en varias instancias, por ejemplo, un caso estatal de violencia doméstica que fue archivado, y arrojó positivo a cocaína en varias pruebas de dopaje.
En este caso, según el Primer Circuito, las guías de sentencia exhortan a que la condena de cárcel sea de entre ocho meses a 14 meses, pero Besosa le impuso una condena de dos años de cárcel.
"Serrano ha demostrado ser incapaz de cumplir con la ley o sus condiciones de libertad supervisada", expresó en parte Besosa.
La defensa de Serrano apeló la sentencia y el Primer Circuito indicó que el juez no dejó claro por qué impuso la pena por encima de las guías. El panel dijo que los jueces pueden imponer condenas más altas que las recomendadas en las guías de sentencia, pero debe haber una "justificación" en la que el juez de distrito debe "articular por qué cree que el caso es diferente a la norma".
Uno de los asuntos que sostuvo Boston es que Besosa decidió que la razón por la que no prosperó el caso de violencia domestica era por violación a la ley de juicio rápido. No obstante, el panel apelativo manifestó que cuando el tema fue traído inicialmente ante un magistrado, la prueba desfilada fue dirigida a demostrar que la pareja de Serrano Berrios retiró su denuncia de Ley 54.
El Primer Circuito de Boston opinó que el juez Besosa en su veredicto no aclaró qué fue lo que motivó la severa sentencia impuesta. Además, opinó que no dejó claro si la razón por la que entiende que Serrano es incapaz de cumplir con la ley por arrojar positivo a sustancias controladas y no por el caso estatal penal.
"El veredicto escrito no es una mera formalidad", expresó el Primer Circuito.
El Primer Circuito ordenó que el caso regrese al Tribunal de Distrito para que el juez imponga una nueva sentencia.