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El senador Eduardo Bhatia Gautier presentó el Proyecto del Senado 1633 para enmendar el artículo 248 de la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como el Código Penal de Puerto Rico para descriminalizar el uso de máscaras en manifestaciones públicas lícitas.
El artículo 248 del Código Penal de Puerto Rico tipifica como delito menos grave el uso de máscaras, caretas u otro tipo de artefacto que sirva para esconder, completa o parcialmente, la identidad facial de un individuo durante la comisión de un delito.
Si la persona oculta su identidad durante la comisión de un delito grave, entonces será sancionada con una pena fija de tres años de reclusión. El inciso (c) del artículo 248 penaliza el uso de máscaras en actividades que puedan suponer una intervención con los procesos ordinarios de una instalación del gobierno.
El autor de la medida argumenta que en años recientes el alcance del delito tipificado se ha ampliado hacia la criminalización del ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión y la libertad de reunirse en pacífica asamblea.
El senador Bhatia Gautier destaca el contexto de la emergencia salubrista como consecuencia de la pandemia del COVID-19, en la que el CDC ha recomendado el uso estricto de mascarillas en espacios públicos donde pueda haber interacción con otros individuos, como una de las medidas cautelares para prevenir el contagio y la propagación del virus.
De igual forma, la medida señala que la gobernadora Wanda Vázquez Garced acogió las recomendaciones del CDC y ordenó mediante orden ejecutiva que los ciudadanos deben utilizar mascarillas en todo momento que se encuentre fuera de su hogar, o en su defecto, cubrir su rostro utilizando cualquier otro instrumento de protección.
De acuerdo con el proyecto, los ciudadanos están obligados a utilizar mascarillas y a ocultar parcialmente su rostro en actividades tan ordinarias como la jornada laboral, al acudir al supermercado o incluso al manifestarse en asamblea pública.
Por lo cual, asegura el senador, el estado de derecho y la realidad mundial que vivimos coloca a los ciudadanos en una situación de indefensión al tener que practicar una actividad que hasta ahora ha sido sancionada por el Código Penal.
«El inciso (c) del artículo 248 representa una carga onerosa al ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos. El derecho a expresarse nunca debe ser objeto de persecución o penalización por parte del Estado, y tampoco debe ser una elección entre su libertad individual o la salud y la vida», plantea el texto del Proyecto del Senado 1633.
La medida fue presentada el 16 de junio de 2020 y referida a la consideración de la Comisión de Seguridad Pública del Senado de Puerto Rico.
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