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Decisión del Supremo Federal respecto a DOMA supone nuevas medidas a favor de la comunidad LGBTT

28 de junio de 2013
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Decisión del Supremo Federal respecto a DOMA supone nuevas medidas a favor de la comunidad LGBTTCon la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos que declaró inconstitucional el Defense of Marriage Act (DOMA), se abren puertas para que surja nueva legislación que atienda los derechos civiles de la comunidad LGBTT en Puerto Rico.

La decisión corresponde al caso United States v. Windsor, 570 US ___, en el que Edith Windsor impugnó la constitucionalidad de la ley DOMA, pues el Servicio de Rentas Internas (IRS) le cobraba más de 300 mil dólares en impuestos por una casa que le heredó su compañera, dinero que no hubiera tenido que pagar si hubiera sido hombre.

El Tribunal finalmente la declaró inconstitucional, arguyendo que esta depriva a los individuos de su derecho a la igual protección de las leyes, bajo la quinta enmienda. Según las palabras del Juez Anthony Kennedy, quien escribió la opinión mayoritaria: el efecto principal de DOMA es «identificar y hacer desiguales al subconjunto de matrimonios sancionados por el estado".

"Bajo DOMA, las parejas del mismo sexo han vivido enterrados, por razón del decreto del gobierno tanto en lo visible como de manera pública", añadió el jurista.

Aunque la decisión no supone la legalización del matrimonio en los Estados Unidos, en su opinión disidente, el juez Scalia advirtió que la determinación despejaría el camino para el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el país.

En los pasados meses, Puerto Rico ha sentido «los vientos de cambio» respecto a la obtención de derechos para la comunidad LGBTT. La última de las medidas aprobadas fue el Proyecto de la Cámara 1178, que enmendó el Código de Seguros de Salud de Puerto Rico para añadir un nuevo capítulo sobre Planes Médicos Individuales y Suscripción Garantizada. A esta le fueron antecedidas la aprobación del Proyecto del Senado 238, que prohibe la discriminación por orientación sexual e identidad de género en el empleo, la vivienda y otras instancias públicas y privadas; y el Proyecto de la Cámara 488, sobre la ampliación de la Ley 54 a parejas del mismo sexo.

Respecto al impacto de la decisión sobre Puerto Rico, se estima que los programas federales delegados a agencias estatales estén obligados a proveer los beneficios. Algunos de estos beneficos son en términos de vivienda, cupones de alimentos, en el ámbito de las quiebras, los beneficios de Seguro Social, y las leyes de inmigración. En ese sentido según, Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia, son las agencias federales quienes tienen que tomar medidas afirmativas al respecto.

Por otra parte, según expertos, es previsible que parejas homosexuales que se han casado fuera del país pero residen aquí, reclamen beneficios al gobierno federal. A tales efectos, el día en que se anunció la decisión, Carmen Milagros Vélez, peticionaria del caso Ex Parte AAR, anunció sentirse esperanzada de que la decisión eventualmente influya sobre casos como el suyo.

El presidente del Senado, Eduardo Bathia opinó que la decisión abre la puerta para que la Asamblea Legislativa en Puerto Rico atienda con prioridad toda legislación que amplíe los derechos civiles de la comunidad homosexual. De hecho, afirmó que precisamente a esa dirección se dirigirán durante la próxima sesión ordinaria en agosto. Según explicó, en dicha sesión se atenderán algunas piezas que quedaron pendientes. Entre ellas, la presentada por la senadora por el PIP, María de Lourdes Santiago, que busca reconocer la adopción entre parejas del mismo sexo. Otra de las medidas que se atendería sería una revisión al Código Civil.

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