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El Senado de Puerto Rico aprobó incluir la amenaza de maltrato o el maltrato de mascotas como conducta constitutiva de intimidación y violencia psicológica en la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica.
Lee aquí el proyecto de ley y el informe del Senado
La medida, que recibió enmiendas en dicho cuerpo, debe regresar a la Cámara de Representantes antes de que pueda ser considerado por el gobernador Pedro Pierluisi.
El Proyecto de la Cámara 582 enmienda la Ley Núm. 54-1989 para incluir en la definición de intimidación y violencia psicológica el maltrato de mascotas según descrito en la Ley para el Bienestar y Protección de Animales.
Además, redefine el delito grave en cuarto grado de maltrato en la Ley Núm. 54-1989 para que también incluya a la mascota o animal de compañía de la víctima o los hijos de la víctima. La modalidad agravada de maltrato también incluirá el torturar o dar muerte a un animal de compañía o mascota de la víctima o los hijos de la víctima.
El proyecto también incluye en el maltrato mediante amenaza cuando se haga con causar daño a un animal de compañía o mascota.
La exposición de motivos de la medida precisa que, como parte de los incidentes de violencia doméstica perpetrados en nuestra Isla, han ocurrido diversos casos de maltrato de animales, en los cuales las personas agresoras han abusado cruelmente de animales o mascotas con la intención de infligir daño emocional a parejas o exparejas. Esta medida brinda herramientas adicionales a aquella víctima que es intimidada por miedo a que el agresor haga daño a un animal o mascota.
La medida solo recibió el voto en contra del senador del Partido Nuevo Progresista (PNP), Thomas Rivera Schatz.