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Esta semana el Senado aprobó el Proyecto 2021, para adoptar un nuevo Código Penal de Puerto Rico y derogar el vigente que fue aprobado mediante la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, según enmendada, y que dispone para la aplicación y vigencia de sus disposiciones y para otros fines.
La medida se aprobó tras un extenso debate donde se abordó el tema del aborto. El aborto en Puerto Rico es legal según la jurisprudencia federal y estatal. La Cámara alta aprobó el nuevo Código Penal que, igual que el vigente, mantiene la prohibición del aborto, pero va más lejos ya que impone una pena fija de reclusión de dos años a las mujeres que incurran en dicha práctica. En su Artículo 99 cita que "toda mujer que procure de cualquier persona alguna medicina, droga o sustancia y la tome, o que se someta a cualquier operación o a cualquier otra intervención quirúrgica o a cualquier otro medio, con el propósito de provocarse un aborto, excepto el caso de que fuere necesario para salvar su salud o su vida, será sancionada con una pena de reclusión por un término fijo de dos años".
De ser avalado en la Cámara de Representantes y firmado por el gobernador Luis Fortuño, el proyecto entrará en vigor el 1 de enero de 2012.