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Esta semana, con el aval de 15 senadores a favor, seis en contra, y dos abstenciones de los senadores Larry Seilhamer y Luis Daniel Muñiz, el Senado reconsideró y aprobó el Proyecto del Senado 1050 que valida el derecho constitucional a la posesión y portación de armas, y la obligación del estado a regular dicho derecho. A su vez, establece mecanismos más rigurosos para la calificación de las personas que posean y porten arma, y reduce los costos asociados a los permisos.
Dicho proyecto busca enmendar la Ley de Armas en Puerto Rico estableciendo una amnistía para el recogido de armas ilegales, adiciona modalidades de delito por uso indebido de armas de fuego, y deroga la Ley de Armas del año 2000.
El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, defendió el proyecto indicando que el mismo atiende correcta y adecuadamente la expedición de licencia, pues a su parecer, dicha ley no flexibiliza para un peticionario la licencia para un arma de fuego, sino que por el contrario, los rigores son mayores y con garantías suficientes. Añadió además, que con esta aprobación se está eliminando burocracia y los obstáculos para que las personas sin récord criminal puedan portar un arma a base de los derechos constitucionales que en Estados Unidos esta ley establece.
Por su parte, el autor del proyecto, el senador Nelson Cruz Santiago, justificó el sinnúmero de enmiendas que sufrió la pieza legislativa y expresó que en los lugares donde ésto se ha implementado los delitos han bajado. De igual forma indicó que el lenguaje de la medida provee para que la policía cuente con la digitalización de todas esas licencias de armas de fuego y de ser necesario pueda así ocuparlas.
Una de las enmiendas le permite a la Policía de Puerto Rico acceder al Servicio de Información de Justicia Criminal (CJIS, por sus siglas en inglés). Ese banco de datos se une a otros a los que la Uniformada tendrá acceso para conseguir información sobre los solicitantes de licencias de armas. Los defensores del proyecto argumentan que, con el acceso a esas plataformas, hay suficientes filtros que permiten a la Policía poder verificar el trasfondo de un solicitante.
Según se establece en la exposición de motivos, la medida le concede a los ciudadanos 45 días para tramitar una solicitud, y 30 días desde enero del 2021, lo que contrasta con los 120 días actuales.
El proyecto fue radicado el 20 de agosto de 2018 y referido a la comisión de Seguridad Pública. Luego de un extenso proceso legislativo que incluyó varias vistas públicas, la Asamblea Legislativa al concluir su pasada sesión ordinaria en el mes de junio aprobó el informe de conferencia, sin embargo, las cámaras pidieron la medida de vuelta para reconsiderarla e integrar los cambios propuestos por la gobernadora Wanda Vázquez. Ayer el Senado al aprobarlo acogió las enmiendas propuestas por La Fortaleza a dicha pieza legislativa.
Ahora la medida pasará a la Cámara de Representantes en donde también deberá ser reconsiderada y aprobada nuevamente para que vuelva a pasar a la consideración y firma de la gobernadora.
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