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Señalan ambigüedad en orden ejecutiva por violencia de género

28 de enero de 2021
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La Orden Ejecutiva 2021-013 que estable un estado de emergencia por violencia de género explica que el Comité de Prevención, Apoyo, Rescate y Educación de la Violencia de Género (Comité PARE) deberá desarrollar procesos expeditos para el manejo de casos de violencia de género en los que se garanticen los derechos de todas las partes y se procure la seguridad de las víctimas.

Para la jurista Guimazoa Miranda Hernández, el lenguaje de esta parte de la orden es muy ambiguo.

¿Por qué?

Miranda Hernández explicó a Microjuris.com que la frase «desarrollar procesos expeditos» podría implicar en ciertos escenarios una omisión de derechos civiles, aunque la orden ya adelante que se procurará garantizar los derechos de todas las partes y la seguridad de las víctimas.

«Omitir derechos civiles nunca ha sido un proceso para asegurar la seguridad de las personas que se querellan por violencia de género», explicó la abogada.

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Para la abogada es muy importante que una vez el Comité PARE identifique los procesos expeditos que señala la orden ejecutiva, consulten las medidas con las y los juristas de Puerto Rico.

«Lo que más sentido me tiene es que los juristas podamos reaccionar una vez se presenten (las propuestas)», explicó la abogada.

Las alternativas que ve

«Lo más lógico es pensar que, por ejemplo, se trata de que una persona que somete una querella, entre de inmediato en un proceso más acelerado que en el de cualquier otro delito», explicó.

Para la abogada, ese proceso se podría hacer mediante una instrucción al Negociado de la Policía para que se dirijan a hacer el arresto inmediatamente que una persona se querella por violencia de género.

Otra alternativa que consideró Miranda Hernández es que se desarrolle una Orden Administrativa para que las fiscales y los fiscales de Puerto Rico procedan a atender los cargos inmediatamente que se presenten.

Sin embargo, la licenciada Miranda Hernández expuso que ese es el proceso normal.

«Cuando hay denuncia, lo normal es que el policía, si tiene los datos, va a arrestar sin demora y lo conduce ante un magistrado para que examine. Nadie dilata eso innecesariamente. No se puede pensar en un proceso que ignore la vista preliminar, que es la que determine si procede para juicio«, subrayó la abogada.

Un tercer punto que consideró la abogada es que se procuren medidas de protección para la persona que presenta una querella en la policía.

La abogada también señaló que una vez la persona presenta una querella y se arresta a la persona de la que se querelló, casi siempre se le impone supervisión electrónica mediante grillete.

¿Cómo se solicita una orden de protección por internet?

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