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Supremo aprueba enmiendas a reglas de disciplina de la judicatura

09 de septiembre de 2014
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Tribunal Supremo
Foto: 80grados.net

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió el 8 de septiembre de 2014 una Resolución mediante la cual aprobó de forma unánime enmiendas a las Reglas de Disciplina Judicial. Así lo anunció hoy la Jueza Presidenta del Alto Foro, Hon. Liana Fiol Matta, quien expresó públicamente hace unos días que promovería enmiendas a esta reglamentación en su empeño por garantizar al pueblo de Puerto Rico una judicatura más ágil en la atención de los asuntos disciplinarios.


"Es para mí de gran satisfacción y orgullo haber contado con el apoyo de mis compañeros Jueces Asociados y Juezas Asociadas para lograr las enmiendas que propuse a las Reglas de Disciplina Judicial. Les agradezco a ellos y ellas su confianza y le reafirmo al País mi firme disposición de lograr una judicatura al nivel que Puerto Rico se merece", afirmó Fiol Matta.

"Con la aprobación unánime de estas enmiendas a las Reglas de Disciplina Judicial se eliminan las limitaciones que tenía la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) para llevar a cabo sus investigaciones y la dotamos con herramientas más ágiles y eficientes para manejar los procesos disciplinarios. También le damos a los ciudadanos vías más directas de acceso a la justicia en aquellos casos en que entiendan que algún miembro de la judicatura ha fallado a sus deberes ministeriales", expresó Fiol Matta.

"No podemos perder de perspectiva que es el Tribunal Supremo el que mediante su poder de reglamentación impone límites o amplía el alcance de la gestión de investigación de quejas de la OAT. Las nuevas realidades que enfrentamos requieren nuevas formas de hacer las cosas. Mediante estas enmiendas le proveemos a la OAT mayores poderes para llevar a cabo con más efectividad la gestión que hasta hoy realizaba con las limitaciones que le imponían las antiguas Reglas de Disciplina," explicó la Jueza Presidenta.


La Resolución aprobada enmienda la Regla 3 de Disciplina Judicial para permitir que las quejas que se reciban de forma anónima no sean descartadas automáticamente. Tras esta enmienda la Oficina de Asuntos Legales de la OAT podrá investigar información confidencial o anónima que pueda dar lugar a la presentación de una queja.

Por su parte, la Regla 5 amplía las opciones que tiene la ciudadanía para presentar quejas al disponer que las mismas se puedan presentar en el lugar dispuesto para ello en cada Región Judicial. Hasta la fecha sólo podían ser presentadas en persona o por correo en la Oficina de Asuntos Legales de la OAT. También aclara que el incumplimiento con alguno de los requisitos de presentación no debe causar necesariamente el archivo de una queja.

La Regla 6, que rige el proceso de evaluación de las quejas presentadas, también fue enmendada para establecer que las investigaciones tendrán que realizarse y concluirse en un término de 90 días, prorrogables por justa causa.

Otras reglas que fueron objeto de enmiendas son la 7 y la 9, que determinan los derechos de los jueces investigados y los procesos de reconsideración y revisión de las conclusiones de las investigaciones, respectivamente. De igual modo la regla 10 que establece los márgenes de confidencialidad de los expedientes de las investigaciones y sus resultados también fue objeto de enmienda.

"Con la aprobación unánime de estas enmiendas el Tribunal Supremo de Puerto Rico reafirma su compromiso con el objetivo de fortalecer la confianza del pueblo asegurando la transparencia de los procesos y la información y garantizando la participación ciudadana en la tarea de fiscalización", aseguró la Jueza Presidenta Fiol Matta.

 

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