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Supremo no extiende paralización de PROMESA en controversias sobre permisos gubernamentales

30 de agosto de 2017
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Descarga el documento: Rafael Lacourt Martínez v. Junta de Libertad Bajo Palabra

I. Hechos
El 3 de mayo de 2017 la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico (Junta) presentó una petición de quiebra a nombre del Gobierno de Puerto Rico, según lo permite el Título III del Puerto Rico Oversight, Management, Economic Stability Act (PROMESA). El referido estatuto federal incorporó las secciones 362 y 922 del Código Federal de Quiebras en torno a paralizaciones automáticas de pleitos contra el deudor y su propiedad.

En virtud de lo anterior, el Tribunal de Apelaciones ordenó la paralización de un pleito ante su consideración. Las controversias jurídicas versaban sobre permisos gubernamentales. En particular, una solicitud de un certificado de necesidad y conveniencia para relocalizar un laboratorio clínico en el Municipio de San Germán y un permiso para construir una torre de telecomunicaciones.

El 18 de julio de 2017, el Tribunal Supremo certificó motu propio las aludidas controversias y se consolidaron.

II. Controversia
¿Procede la paralización automática de las secciones 362 y 922 de la Ley Federal PROMESA en revisiones judiciales sobre concesiones de permisos y en donde no se involucran reclamaciones monetarias contra el Estado?

III. Opinión Per Curiam
Mediante una opinión Per Curiam, el Tribunal Supremo indicó que el objetivo principal de la paralización es liberar al deudor de presiones financieras mientras se dilucida el procedimiento de quiebra. No obstante, manifestó que tanto los tribunales federales como los estatales tienen la facultad inicial de interpretar la paralización y su aplicabilidad en virtud de la jurisdicción concurrente.

En el presente caso, el Tribunal Supremo determinó que a los casos consolidados no les aplica la paralización automática de las secciones 362 y 922 de la Ley PROMESA, ya que no involucran reclamaciones monetarias contra el Estado. El Tribunal citó el caso Atiles-Gabriel v. Puerto Rico, (J. Gelpí), en donde se rechazó la paralización automática bajo PROMESA en un procedimiento de hábeas corpus. El Tribunal Supremo también citó el caso Vázquez Carmona v. Department of Education of Puerto Rico, (J. Gelpí), en donde también se denegó la aplicación de la paralización a un procedimiento de injunction.

Consecuentemente, el Tribunal Supremo de Puerto Rico revocó la paralización que ordenó el Tribunal de Apelaciones. Finalmente, el Tribunal Supremo exhortó a los Tribunales de Apelaciones a proceder con mayor cautela en el contexto de la quiebra gubernamental aquí envuelta y la paralización de pleitos en virtud de PROMESA.

por Joel Pizá Batiz

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