» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
En reacción a la persistente contracción económica muchas personas han optado por sacar sus ahorros e invertirlos en el desarrollo de sus propios negocios. En particular, el negocio de la comida ha estado en un crecimiento constante en los pasados años. Esto se puede percibir a través del reciente aumento en número de restaurantes que han abierto en la Calle Loiza, entre otros sitios, o los múltiples "food trucks" que se ven rondando en el área de Hato Rey, incluso la creación del "Food Truck Park" en el área de San Juan.
Como regla general, todo negocio de venta de comida en algún momento evalúa si le es beneficioso vender bebidas alcohólicas, ya que la venta de bebidas alcohólicas en algunas ocasiones genera un margen de ganancia superior al de la venta de la comida. No obstante, hay muchos negocios que han optado por no solicitar una licencia de venta de bebidas alcohólicas (la "Licencia") debido a que el proceso es uno complicado, costoso y engorroso.
Toda Licencia tiene que ser tramitada a través del Departamento de Hacienda ("Hacienda"), en su oficina de Impuesto al Consumo, localizada en el edificio Mercantil Plaza. El primer paso es completar la Forma SC 2309, Solicitud de Licencias ("SC 2309"). En esta forma se provee la información básica tanto del negocio que está solicitando la Licencia, como de los dueños, socios u oficiales de alta jerarquía en el mismo. La SC 2309 tiene que ser firmada y juramentada ante notario.
Una vez completada la SC 2309 se tienen que obtener varios documentos y certificaciones de múltiples agencias, que en su mayoría requieren que se soliciten en persona. En el caso de una petición de Licencia nueva, una Corporación o Compañía tiene que presentar los siguientes documentos para la entidad:
Además de los documentos que se tienen que presentar a favor de la entidad, los siguientes tienen que ser presentados para el Presidente u Oficial encargado del manejo de la empresa:
Aquellos negocios que estén localizados en: (i) cascos urbanos; (ii) zonas turísticas; o (iii) Viejo San Juan; o sean (i) hoteles; (ii) paradores; o (iii) moteles tienen que presentar documentación adicional a la antes listada.
Una vez se obtengan todos los documentos antes listados, el proponente deberá presentar todos los documentos originales ante Hacienda. La agencia emitirá juicio sobre los documentos presentados y de estar a favor de la solicitud, procederá a enviar una agente de la oficina de Impuesto al Consumo a inspeccionar el lugar donde se propone vender las bebidas alcohólicas. Una vez Hacienda inspeccione el local procederán a emitir una determinación favorable o desfavorable a tono con los hallazgos de dicha inspección. De haberse determinado que la inspección es favorable, Hacienda le notificará al proponente la cantidad a ser pagada para obtener la Licencia. La cantidad a pagarse está determinada de acuerdo al volumen de ventas proyectada.
La vigencia de la Licencia depende del último dígito del número de seguro social del negocio de acuerdo con la siguiente tabla:
El pago para la Licencia se prorrateará por el período de meses contados desde la fecha en que se expida la misma hasta la fecha del próximo vencimiento, basado en el último dígito de su número de seguro social patronal, según detallado en la tabla arriba. No obstante, el negocio tendrá la opción de efectuar el pago que corresponda a dicho período de meses contados desde la fecha en que se expida la Licencia hasta la fecha del próximo vencimiento, más un año adicional.
El incumplimiento con cualquiera de los anteriores requisitos con respecto a las certificaciones y/o pagos elimina la posibilidad de obtener la Licencia. Por tanto, es altamente recomendable que todo negocio interesado en obtener la Licencia comience haciendo una evaluación propia antes de comenzar el proceso.
por el Lcdo. Alexis R. González Pagani, Ferraiuoli LLC