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Por Daniel Rivera Vargas
Las madres y los padres de menores en escuelas o en cuidos escolares no necesariamente sabrán si las personas que cuidan y educan a sus pequeñas personas están vacunadas contra el COVID-19.
La designada secretaria del Departamento de Educación, Elba Aponte Santos, recordó en declaraciones escritas a Microjuris.com que —aunque la Guardia Nacional inició el pasado lunes un plan de vacunación para todos los empleados— «carecemos de facultad para ordenar la vacunación de manera compulsoria ya que, según las guías del Departamento de Salud y la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA), la vacunación contra el COVID-19 es voluntaria».
Aponte Santos agregó que «la información de salud de los ciudadanos, incluyendo los maestros y demás componentes escolares, están protegidas por la Ley HIIPA».
La licenciada María Judith «Nani» Marchand Sánchez —socia fundadora del bufete Ferraiuoli LLC, con una práctica enfocada en el derecho laboral— explicó a Microjuris.com que un padre o una madre pueden solicitar la información, pero ese cuido o escuela no está obligado a darla porque los empleados tienen una expectativa de privacidad sobre la información médica. En este caso, tratándose de las vacunas.
Marchand Sánchez sostuvo que hay razones por las que el Centro de Control de Enfermedades (CDC) permite que una persona no se vacune, como por ciertas condiciones médicas.
Por lo tanto, la persona que se niega legítimamente no tiene por qué exponerse a que se divulgue su condición médica innecesariamente.
Visite | Lo que todo patrono debe saber antes de requerir vacunación contra el COVID-19
«Al igual que tú llevaste un niño a la escuela por primera vez, y no preguntaste si los maestros estaban vacunados contra el polio o el sarampión», comparó Marchand Sánchez.
«Yo no le puedo decir a papá, ‘ah, Mrs. Marchand no está vacunada’, porque la próxima pregunta, es ‘ah, ¿es que tiene una condición médica? Ahí es que comenzamos a entrar en temas que son potencialmente confidenciales», agregó.
La abogada explicó que las empresas educativas o de cuido sí deben asegurar y expresarle a los padres y a las madres de esos menores, si cumplen con todas las normas y reglamentos para protegerse del COVID-19.
«Está el interés apremiante del padre de saber si mi hijo está en un lugar seguro. Pues…. ¿Cómo yo presento eso al padre? Teniendo todas las medidas de seguridad, los protocolos, las mascarillas, el hand sanitizer, todo lo que llevamos haciendo hace nueve meses. La gente cree que por que me vacuné, no tengo que usar mascarillas más nunca. Eso no es correcto. Van a seguir los horarios escalonados, no usar áreas comunes, el uso de mascarillas. Pues si le planteas todo esto a los padres, y además tengo una política que requiere la vacunación, ah bueno, si alguien logró establecer una excepción, pues santo y bueno. Pero no tengo que divulgar quién es», agregó la abogada.
Esta es la norma general, pero «claro, si el empleado, todos, ya sea maestro o cuidador, pues dicen que autorizan a que se divulgue que nos vacunamos, pues ahí cambian los muñequitos, y el cuido podría decir ‘todas nuestras empleadas están vacunadas’», añadió.
No cualquiera puede negarse a la vacuna, si el patrono lo pide.
Marchand Sánchez aclaró que las guías federales de vacunación del CDC establecen que solamente empleados con unas razones muy específicas pueden negarse a ser vacunados.
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La abogada sostuvo que la regla general, y lo que sea la mejor práctica, es que las políticas de las organizaciones sobre las vacunas estén escritas, incluyendo cómo se orientará a las y los empleados sobre la existencia de esas reglas internas.
Visita | COVID-19 Vaccination
«(Para rechazar vacunarse), el empleado tiene que demostrar una de dos cosas: que tiene una condición médica, para lo que está contraindicada la vacuna, o tiene lo que se llama un religious belief (creencia religiosa), cuyo dogma va en contra de la vacunación. Y te adelanto que hay bien pocas condiciones de salud para las que están contraindicadas las vacuna, y prácticamente no hay ninguna religión que esté en contra de la vacunación, inclusive líderes religiosos han dicho que vacunarse es un acto de amor y de generosidad hacia el prójimo y están flexibilizando un montón sus posturas», sostuvo.
Como ejemplo de esto, Marchand Sánchez dijo que el mes pasado la Iglesia Católica se expresó apoyando la vacunación, esto rebatiendo argumentos que cuestionaban inicialmente su uso.
En concreto, la Oficina de la Congregación de la Doctrina de la Fe, en una carta emitida el 21 de diciembre desde Roma, expresó que hubo un debate entre figuras católicas como obispos y asociaciones religiosas sobre el tema, pero que avalan el uso de las vacunas.
La misiva agrega también que «el bien común recomienda la vacunación, especialmente entre los débiles y más expuestos».
Visita | Note on the morality of using some anti-Covid-19 vaccines (21 December 2020) (vatican.va)
Al cuestionar a Marchand Sánchez sobre otras personas que alegan otras razones para no vacunarse, la abogada respondió que los conceptos generales del CDC, así como las y los tratadistas que han trabajado el tema, han establecido las creencias culturales, preferencias psicológicas u orgánicas no están protegidos y no son razón suficiente para negarse a recibir la vacuna, si es que el patrono emplea una política al respeto.
«O sea (decir) ‘yo estoy en contra de las vacunas porque entiendo que no son necesarias’: eso no es una razón suficiente para oponerse a una política establecida por el patrono. El que a mí me parezca que las vacunas causan autismo, eso está requete-desmentido por la ciencia.... No estamos hablando de la vacuna de la influenza, no estamos hablando de otras vacunas. Es una vacuna contra una pandemia mundial, por lo que para mí el test es más alto. Típicamente, presentaban una declaración jurada diciendo que no creían en la vacuna y ya", aseguró.
Marchand Sánchez destacó que, en el caso de una excusa médica o religiosa válidas, el patrono tiene el deber de buscarle un acomodo razonable, como sería que trabaje desde la casa o aumentar las medidas de seguridad alrededor de la persona empleada.
En algunos casos, la solución es más complicada que otras.
Depende del trabajo que realice esa persona.
Por ejemplo, una persona que su trabajo sea detrás de una computadora puede laborar más fácil desde la casa que, digamos, un vendedor, que su presencia física en la oficina es más relevante, explicó la socia fundadora.
Añadió que el tema de las vacunas es algo que ya muchos patronos están abordando.
Por ejemplo, en su bufete ya hay varios clientes a los que le están preparando políticas de vacunación que incluirán campañas educativas, temas de confidencialidad, procesos para que los empleados puedan presentar objeciones, paneles de evaluación de razonabilidad de objeciones, entre otros.
Marchand Sánchez concluyó que se trata de un tema novel y muy cambiante, y que lo que conversó con Microjuris.com a mediados de enero podría cambiar rápidamente si el CDC establece nuevas guías.
Pero, mientras tanto, en lo que dura este periodo especial de pandemia, «caminamos la línea fina de proteger los derechos de los empleados, proteger los derechos de los terceros, los estudiantes, los clientes, los vendedores, y el patrono... Aquí todo el mundo tiene que cooperar».