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Tribunal de Distrito debe resolver caso de matrimonio gay según Obergefell

08 de julio de 2015
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MatrimonioDescarga el documento: Conde vs. Rius

El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito desestimó la sentencia del Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico, donde el juez Juan M. Pérez Giménez sostuvo la prohibición al matrimonio entre dos personas del mismo sexo, según el Artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico.

El Primer Circuito no tuvo que esforzarse mucho para resolver el caso ante sí gracias a la decisión más reciente del Tribunal Supremo de los Estados Unidos que declaró ilegal la prohibición a dicha unión legal de parejas del mismo sexo. En Obergefell v. Hodges, resuelto el pasado 26 de junio, el Tribunal expresó por primera vez que la prohibición a dicho matrimonio viola la Constitución, por lo que es ilegal que un estado se niegue a emitir una licencia de matrimonio a parejas por el mero hecho de estar constituido por personas del mismo sexo.

Otra razón por la que no fue difícil llegar a una determinación es porque el pasado 20 de marzo, el Departamento de Justicia de Puerto Rico anunció que no defendería la constitucionalidad del Artículo 68 del Código Civil. En su comunicado, el Secretario de Justicia, César Miranda, expresó que los derechos del matrimonio deben estar disponibles para aquellos que se aman, indicando que no es correcto que a unos ciudadanos en la isla se le nieguen derechos a personas por motivo de su orientación sexual.

Por mandato del Primer Circuito, el caso regresará al Tribunal de Distrito, ante el juez Pérez Giménez, para que dicte sentencia según Obergefell.

Reseña por el Lcdo. Cristian González

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