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NOTICIAS | Derechos Humanos , Familia , Italia , LGBTT , matrimonio gay , matrimonio LGBTT , NOTICIAS , Sucesiones , Tribunal Europeo de Derechos Humanos
De acuerdo a una decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, emitida este pasado 21 de julio, Italia violenta los derechos de privacidad y vida en familia al no proveerles ningún reconocimiento legal. Esta es la primera vez en que el Tribunal, que vincula más de 47 estados miembros, encuentra que un estado está obligado a reconocer legalmente las relaciones entre personas del mismo sexo.
Los peticionarios del caso Oliari y otros v. Italia, tres parejas del mismo sexo, denunciaron su inhabilidad para poder casarse o entrar en otro tipo de unión civil, alegando que esto viola su derecho a la privacidad y a vida en familia, así como la prohibición de discrimen bajo el Convenio Europeo de los Derechos Humanos.
En su solicitud, las parejas señalaron que el reconocimiento legal de su vida familiar es crucial para el bienestar y la dignidad de los individuos. Por ello, argumentaron que la falta de un reconocimiento legal a sus parejas les impide el acceder a una serie de beneficios y protecciones, incluyendo el derecho de asistirse mutuamente si son hospitalizados, derechos de herencia, pensión y otros beneficios sociales.
El Tribunal estuvo de acuerdo con los peticionarios. Para remediar esta situación en ausencia del matrimonio, el Tribunal instó a Italia a introducir una forma de unión civil o registro de parejas, como la forma más adecuada para que las parejas del mismo sexo puedan tener su relación legalmente reconocida, suficientemente protegida, y por lo tanto, legitimada.
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