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Tribunal federal rechaza las liberaciones de no deudores («Third Party Releases») en el caso de Purdue Pharma

06 de julio de 2024
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Por Alfredo Daniel Frontera

En una de las decisiones más esperadas por los practicantes en el área de quiebra, la Corte Suprema de los Estados Unidos determinó el pasado 27 de junio de 2024, en el caso Harrington v. Purdue Pharma L. P., que los tribunales de quiebra no tienen la autoridad para aprobar liberaciones de responsabilidad para terceros no deudores sin el consentimiento total de los afectados. Esta decisión, que revoca al Segundo Circuito, se resolvió con una votación de 5-4 por una alineación mixta de jueces conservadores y liberales. Sin duda, este caso tendrá un impacto significativo en cómo se resuelven los casos complejos de quiebra de daños masivos (Mass Tort).

Para aquellos que desconocen el trasfondo de este caso, probablemente les parezcan familiares las series de televisión «Painkiller» o «Dopesick» que retratan la trágica crisis de opioides y las consecuencias legales que enfrentó la familia de los Sackler. El caso se centró en el plan de reorganización de Purdue Pharma, la compañía farmacéutica detrás del analgésico opiáceo OxyContin. Purdue presentó una petición de quiebra en 2019 debido a miles de demandas relacionadas con la crisis de opioides. Como parte de su plan de reorganización, Purdue propuso una disposición que liberaría a los miembros de la familia Sackler, propietarios de la compañía, de todas las demandas relacionadas con opioides, tanto presentes como futuras. Esto incluía demandas pendientes, potenciales demandas futuras, y cualquier sentencia existente. A cambio, los Sackler acordaron contribuir con $5.5 a $6 mil millones al caudal o al «estate» de la quiebra.

La Corte Suprema basó su decisión en una interpretación estricta del Código de Quiebras. El juez Gorsuch, escribiendo para la mayoría, se centró en la Sección 1123(b)(6) del Código, que permite que un plan de reorganización incluya «any other appropriate provision not inconsistent with the applicable provisions of this title». La Corte aplicó la doctrina de interpretación ejusdem generis para concluir que esta disposición no autoriza las liberaciones de no deudores.

La mayoría argumentó que el Código de Quiebras generalmente reserva los beneficios de la liberación de deudas (Discharge) para el deudor que ofrece un «fair and full surrender of its property». La Corte señaló que los Sackler no habían presentado una petición de quiebra ni habían puesto sus activos a disposición de los acreedores, pero aun así buscaban lo que equivalía a una liberación de deudas.

Además, la Corte se apoyó en la Sección 524(g) del Código, que autoriza específicamente las liberaciones de no deudores en casos de quiebra relacionados con el asbesto. La mayoría interpretó esto como evidencia de que el Congreso sabe cómo autorizar tales liberaciones cuando lo desea, y su ausencia en otros contextos sugiere que no están permitidas.

¿Qué implicaciones tiene esta decisión?

  1. Complica la resolución de casos de quiebra por daños masivos: Las liberaciones de no deudores han sido una herramienta crucial para resolver casos complejos de quiebra, especialmente aquellos que involucran daños masivos. Sin esta herramienta, podría ser más difícil lograr acuerdos globales en estos casos.
  2. Potencial «carrera hacia el tribunal»: Sin la capacidad de incluir liberaciones de no deudores en los planes de quiebra, podríamos ver una «carrera hacia el tribunal» entre las víctimas y los acreedores.
  3. Impacto en la compensación de las víctimas: En el caso específico de Purdue, la decisión podría resultar en que las víctimas de la crisis de opioides no reciban compensación, ya que el plan de reorganización dependía de la contribución de los Sackler.
  4. Posible intervención del Congreso: La decisión podría impulsar al Congreso a actuar para autorizar explícitamente las liberaciones de no deudores en ciertos contextos.

Cabe destacar que la Corte dejó abierta la posibilidad de liberaciones de no deudores cuando sí son consensuales. Además, el tribunal no se expresó sobre la validez de los planes que proporcionan la satisfacción total de las reclamaciones contra un tercero no deudor.

Por otro lado, el Juez Kavanaugh, expresó en su enérgica disidencia que la decisión de la mayoría contradice el texto del Código de Quiebras y décadas de práctica en los tribunales de quiebra. Advirtió sobre las graves consecuencias para las víctimas en este y futuros casos de quiebra por daños masivos.

Esta decisión representa un cambio significativo en la práctica de quiebras y seguirá siendo tema de discusión en diferentes foros. Mientras algunos la consideran un avance en términos de responsabilidad corporativa, otros advierten sobre sus posibles efectos negativos en la capacidad para proporcionar compensaciones justas y eficientes a las víctimas.

Los tribunales, legisladores y profesionales legales deberán ahora adaptarse a este nuevo marco legal, lo que podría resultar en modificaciones sustanciales en cómo se manejan futuros casos de quiebra de daños masivos.

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