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NOTICIAS | Constitucional , Derechos Civiles , Familia , Judicial , NOTICIAS , SCOTUS
El Tribunal Supremo de Estados Unidos rechazó revisar una impugnación al precedente que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo como un derecho constitucional. La denegatoria de certiorari deja en vigor la decisión del tribunal apelativo que había desestimado los argumentos presentados para revertir dicha protección.
El recurso sometido ante el foro máximo buscaba cuestionar la validez constitucional del precedente establecido en Obergefell v. Hodges (2015), mediante el cual se reconoció que el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo está protegido por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución federal.
El peticionario sostenía que dicho reconocimiento violaba principios de federalismo y derechos individuales relacionados con la libertad religiosa. Sin embargo, al declinar revisar el caso, el Tribunal Supremo confirmó la continuidad del marco constitucional vigente sin emitir expresión sobre los méritos del reclamo.
La decisión del Tribunal Supremo tiene el efecto procesal de reafirmar la obligatoriedad del precedente sobre el matrimonio igualitario en todos los estados y territorios de la nación. La denegatoria, aunque no constituye una sentencia con valor jurisprudencial adicional, implica que no se altera la doctrina establecida sobre este derecho fundamental.
Desde una perspectiva institucional, la determinación de no revisar este tipo de casos puede interpretarse como una disposición del Tribunal a preservar la estabilidad doctrinal alcanzada en controversias resueltas sobre derechos civiles. Esta postura refuerza la vigencia del matrimonio igualitario como parte del orden constitucional actual en Estados Unidos.

