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El Tribunal Supremo de Puerto Rico paralizó el pleito que estaba por verse en el Tribunal de Primera Instancia (TPI) sobre la suspensión de la primaria local.
La determinación surgió luego que el precandidato a la gobernación, Pedro Pierluisi-Urrutia, presentara un pleito contra la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) en el TPI y esta mañana presentara un recurso urgente de certificación intrajurisdiccional para que el Tribunal Supremo fuera quien atendiera el pleito.
La determinación del Tribunal Supremo de Puerto Rico surgió en medio de una vista por videoconferencia donde el Tribunal de Primera Instancia estaba por atender el pleito.
La Comisión Estatal de Elecciones, la comisionada electoral del Partido Nuevo Progresista, María Santiago, y el comisionado electoral de Partido Popular Democrático, Lind Merle, tendrán hasta mañana, 11 de julio a las 2:00 p.m. para responder el recurso de certificación intrajurisdiccional que presentó Pierluisi-Urrutia.
El precandidato a la gobernación solicita que el Tribunal Supremo de Puerto Rico atienda su solicitud de dejar sin efecto la determinación de la Comisión Estatal de Elecciones, donde suspenden la primaria hasta el domingo, 16 de agosto de 2020.
Pierluisi-Urrutia argumenta que la determinación de la CEE puede constituir un atentado contra la democracia de los ciudadanos americanos que viven en Puerto Rico y contra el derecho de los ciudadanos a manifestar su voluntad política en las urnas y a asegurar que su voto sea contado.
Además, plantea que la suspensión o paralización del conteo y transmisión de resultados del proceso electoral, sin autoridad y en perjuicio de los electores, puede constituir un acto ilegal y antidemocrático.
El juez del Supremo, Luis Estrella Martínez, comentó en la resolución del tribunal que «Pierluisi se concentra en cuestionar un aspecto del acuerdo de la Comisión Especial de Primarias referente al conteo de votos, a pesar de que no han concluido el proceso en todos los colegios de votación. Es decir, no impugna la fecha de continuación de las primarias y otros extremos de los acuerdos de la Comisión Especial de Primarias».
«En ese sentido, existen otros peticionarios ante la Rama Judicial que cuestionan aspectos adicionales del referido acuerdo, por lo que estimo que se debieron atender conjuntamente. Por tanto, a tenor con la facultad legal de certificar recursos motu proprio, hubiese certificado y consolidado el caso de la Sra. Carmen Damaris Quiñones y. Comisión Estatal de Elecciones, entre otros, Civil Núm: SJ2020CV04145″, añade Estrella Martínez.
«De este modo, atendemos todos los extremos de las controversias que rodean estas primarias y proveemos un remedio adecuado, completo y oportuno», agregó el juez.
«Espero que la certificación, por parte de este Tribunal Supremo, abone a detener la práctica ilícita de filtrar resultados electorales en medio de un proceso de votación, diluyendo la secretividad del voto y el peso igualitario que deben tener los votos de todos los electores, los de la ciudad y los de la montaña, los del norte y los del sur, los que pudieron votar y especialmente los que fueron privados de votar el 9 de agosto«, continuó.
«Traer a la Rama Judicial el debate de escaramuzas electoreras es seguir aniquilando los procesos democráticos. Por eso, estoy conforme con erradicar prontamente esa posibilidad y ciertamente el auto de certificación es el vehículo adecuado para tratar de redirigir los esfuerzos a lo que debe ser la máxima prioridad de todos los candidatos y funcionarios electorales: que voten los electores de los precintos en que no llegaron los maletines electorales», puntualizó el juez asociado.
El juez Ángel Colón Pérez hubiese ordenado la incautación inmediata de todos los maletines electorales en posesión de la Comisión Estatal de Elecciones que contengan las papeletas relacionadas con el proceso primarista celebrado el domingo, 9 de agosto de 2020.
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