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Triple-S decide no acudir en reconsideración al Tribunal Supremo

01 de noviembre de 2024
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Por Daniel Rivera Vargas

La aseguradora Triple-S informó ayer, jueves, que no estaría solicitando la reconsideración a la resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico de no intervenir en una decisión adversa en su contra del Tribunal de Apelaciones.

El vicepresidente de asuntos corporativos y principal oficial legal de Triple-S, Carlos Rodríguez Ramos, indicó que tenían un plazo de 10 días que venció ayer para acudir nuevamente al Supremo. No obstante, optaron por no insistir en la vía judicial luego de que su equipo de abogados entendiera que había pocas posibilidades de que el alto foro judicial acogiera una reconsideración.

"Lamentamos la interpretación que hizo el Comisionado de Seguros. Teníamos este proceso voluntario que entendemos era beneficioso para los proveedores", dijo Rodríguez Ramos.

La decisión del tribunal tuvo el efecto de mantener una orden de la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) que determinó multar por $50 mil a la aseguradora por alegadamente violar varias disposiciones de ley en perjuicio de un proveedor de servicios de salud.

En entrevista con Microjuris, Rodríguez Ramos defendió el mecanismo de la aseguradora derogado por el Comisionado y ofreció ejemplos de los beneficios de esa alternativa, que entendían podía ser cónsona con la Ley de Pago Puntual.

Uno de esos beneficios es que la ley solo ofrece 20 días para los procesos de ajuste, mientras que el mecanismo interno de Triple-S era de 120 días. Comentó que nadie estaba obligado a acogerse a este mecanismo y destacó que era uno voluntario. «Los procesos que teníamos no estaban en contra de la Ley de Pago Puntual», reiteró.

Rodríguez Ramos expresó que 9 de cada 10 reclamaciones se atienden en menos de 30 días y que anualmente se reciben cerca de 12 mil reclamaciones en Triple S, empresa con cerca de 4 mil empleados.

Tras el fallo del comisionado de seguros, Triple-S solicitó revisión administrativa de la decisión al Tribunal de Apelaciones, que falló en su contra. Cuando pidieron la intervención del Supremo,  el alto foro decidió declarar «no ha lugar» la petición de certiorari.  Con la decisión de no pedir reconsideración, se convierte en final y firme la orden de Triple-S, que ahora comienza un proceso de ajustes internos para adoptar las directrices del Comisionado de Seguros.

Cuestionado sobre si este asunto podía ser objeto de una recomendación de la aseguradora para que se enmendara en el futuro la ley y se pudiera reimplantar el mecanismo derogado por el Comisionado de Seguros, el abogado respondió: «Nosotros entendemos que el problema no está en la ley. La ley da unos requisitos mínimos. Lo que ofrecíamos a los proveedores era una opción voluntaria».

 El caso nace por unas denuncias del Centro Médico del Turabo, Inc. (CMT) relacionadas con las prácticas apelativas de SSS como imposición de términos contrarios a derecho (ultra vires) y ausencia de fundamentos en sus decisiones. Como parte de esta controversia, la CMT sometió a la evaluación del Comisionado de Seguros unas 3,186 reclamaciones atendidas por Triple-S entre 2018 y 2020.

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