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Un pleito legal en el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico entre el fundador de El Gran Combo, Rafael Ithier, y su exvocalista, Charlie Aponte, se resolvió recientemente a favor del líder de la ‘Universidad de la Salsa’.
Se trata de una demanda en la que se pedía una sentencia declaratoria entablada en noviembre de 2019 por Ithier y EGC Corp., el nombre corporativo de El Gran Combo, en contra de Carlos Juan Aponte, nombre de pila de Charlie Aponte, por infracción de propiedad intelectual. Posteriormente, el exvocalista de la afamada agrupación salsera respondió con su propia demanda.
«Ambas partes hacen buenos argumentos por sus respectivas posiciones, pero el historial legislativo del estatuto indudablemente favorece la interpretación de Ithier», resolvió la magistrada federal Giselle López Soler en su orden de nueve páginas, posteriormente ratificada por el juez Jay García Gregory.
Según el reporte de la magistrada López Soler, ambas partes solicitaron que el asunto se resolviera mediante sentencia sumaria porque no había controversia en los hechos. Entre las 13 determinaciones de hecho de la jueza, figura que Aponte trabajo con El Gran Combo entre 1973 y 2014, siendo vocalista principal de sobre 200 canciones, que no le han pagado regalías de la entidad Sound Exchange por ese trabajo musical, y que nunca el nombre de Aponte era destacado en las portadas de las producciones de la banda salsera.
La disputa tenía que ver con unas «regalías a ser cobradas por interpretaciones digitales» que Charlie Aponte estaba reclamando a la empresa SoundExchange Inc., alegando que le correspondía una porción del 45% de ese ingreso. Ithier planteaba que las regalías correspondían únicamente a su agrupación.
La Ley de Interpretaciones Digitales en Grabaciones de Audio se aprobó en 1995 y le permite a empresas musicales y artistas cobrar ciertas regalías cuando se transmiten sus canciones. El 45% de esas regalías corresponde a los «artistas destacados en la grabación (recording artista featured)», un término definido en el estatuto de forma escueta.
«La pregunta aquí es quien es un ‘artista destacado en la grabación’», cuestiona la magistrada.
Al resolver, la magistrada indicó que la interpretación de Aponte sobre quien puede "interpretar" para (perform) para efectos de esta ley no la convence porque limita este acto a los seres humanos y esto "excluye la banda como un potencial artista".
«Bajo la lógica de Aponte una banda sola (entiéndase, el dueño de una banda) nunca tendría derecho a regalías bajo la sección 114 (g) (2) (d) independientemente de que la banda es el único artista destacado», indicó la magistrada.
El reporte y recomendación, en el que la magistrada incluso evaluó un informe del Senado de Estados Unidos sobre esta medida cuando se discutía su aprobación, concluyó lo siguiente: «No hay disputa de que la banda El Gran Combo fue el artista ‘más destacado incluido en forma impresa en, o de otra manera, en relación con, el fonograma que se está interpretando’. El nombre de Aponte no apareció en las portadas de los álbumes ni se promociona de otra manera como la atracción principal para las presentaciones en vivo. No hay nada que concluya que El Gran Combo y Aponte fueron presentados por su nombre con igual prominencia. De este modo, el Tribunal concluye que la banda El Gran Combo (y, en consecuencia, su propietario) es el artista que aparece en las grabaciones de sonido de El Gran Combo con derecho a 45% del producto de las regalías».
El pasado 30 de septiembre, tras reevaluar a solicitud de Charlie Aponte el reporte y recomendación de la magistrada, el juez federal García Gregory emitió la sentencia declaratoria solicitada por Ithier.
"El Tribunal de Justicia declara que (i) El Gran Combo, una entidad legal distinta organizada como una corporación, es el grupo más prominentemente aparece en las grabaciones de sonido y, por lo tanto, tiene derecho a cobrar las regalías como artista destacado; y (ii) Rafael Ithier, como único titular de El Gran Combo, tiene derecho a cobrar las regalías de los artistas destacados debido a la corporación. El caso está ahora cerrado con fines estadísticos", se indicó.