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Un alivio por razones diversas el fallo del Supremo federal sobre la píldora abortiva

23 de junio de 2024
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Por Daniel Rivera Vargas

La reciente decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos de mantener la vigencia de la píldora abortiva es un paso importante.

 

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Sin embargo, el caso no se resolvió sobre la base de argumentos sustantivos relacionados con los derechos reproductivos, explicó la profesora de derecho constitucional Yanira Reyes Gil.

Una píldora y la ciencia ante el Supremo federal

En uno de los casos más importantes atendidos por este foro desde que se revocó el derecho federal al aborto en el caso Dobbs v. Jackson Woman Health Organization de 2022, el Tribunal Supremo de Estados Unidos falló la semana pasada a favor del uso del medicamento mifepristona, un fármaco que se utiliza de forma legal desde hace décadas con el aval de la Administración Federal de Drogas y Alimentos (FDA). En una votación unánime, la opinión fue redactada por el juez Brett Kavanaugh.

«Esta decisión, aunque fue basada en asuntos de legitimación activa, en términos prácticos es por lo menos un alivio para las mujeres y las personas gestantes en Puerto Rico y Estados Unidos ante los ataques que hemos recibido en los últimos años para eliminar nuestros derecho sexuales y reproductivos», explicó Reyes Gil, catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana.

Se trata de una decisión crucial para quienes viven en estados donde, después del fallo en el caso Dobbs v. Jackson Woman Health Organization que revocó el derecho constitucional reconocido en Roe v. Wade, prácticamente se ha eliminado el derecho al aborto. Bajo Dobbs v. Jackson Woman Health Organization se establece que cada estado debe decidir si apoya o no las interrupciones del embarazo, lo que ha llevado a muchas jurisdicciones a prohibirlas.

Nueva línea de batalla en el Supremo federal contra el aborto

Sin embargo, con la mifepristona se mantiene una opción médica para quienes deseen ejercer su derecho a abortar. «De esta manera, se obtiene justicia reproductiva para muchas mujeres», sostuvo la profesora.

La decisión va más allá de proteger derechos reproductivos porque también es un socorro para otros asuntos médicos, elaboró Reyes Gil.

«Esta decisión, que me parece muy correcta en derecho, mantiene el acceso a este medicamento, que no solo se usa para terminar embarazos tempranos sino para embarazos espontáneos y por razones médicas. Por tanto, eliminar este medicamento podría tener repercusiones importantes para personas que necesitan el medicamento para aliviar esta situación», sostuvo.

El Supremo federal entendió que el grupo de médicos que inician este caso no tenían legitimación activa para presentar la reclamación porque se basaban en una objeción por conciencia y no por sufrir un daño concreto.

Sin el llamado ‘standing’, -predicado usualmente en que haya una acción, un daño y un nexo causal entre el daño y la acción- , una persona no puede llevar un pleito judicial.

El Supremo federal resuelve que hay leyes federales para objeción por conciencia, pero los demandantes no pudieron probar que se hayan visto en la necesidad real de atender a una persona por una situación relacionada a este medicamento «por tanto no habían probado un daño».

Además, el Supremo negó el «standing» a las asociaciones, argumentando que no habían sufrido daño económico por los estudios que habían encargado y los adiestramientos que habían preparado para sus miembros, ni por el tiempo que debían dedicar a personas que pudieran sufrir complicaciones.

«El Supremo no les compró esa teoría... había una preocupación de que se creara una doctrina de legitimación activa (con esos argumentos)», sostuvo.

La catedrática señaló que con este pronunciamiento se pone freno a lo que parecía ser una oportunidad para ataques a posibles reclamaciones de autoproclamados objetores de conciencia en otros asuntos de derechos civiles, como los tratamientos hormonales para la comunidad LGBTQ+ y los matrimonios igualitarios.

La profesora concluyó diciendo que se debe aspirar a más, pero que al menos esta decisión es «un poco de alivio» en momentos en que hay tanto ataque a los derechos reproductivos en Estados Unidos y Puerto Rico, como ha sido los diversos proyectos de ley que se han aprobado en la legislatura de Puerto Rico para reducir derechos de las mujeres tratando de criminalizar las clínicas de aborto, tratando de exigir el consentimiento de padres cuando se trata de una persona gestante menor de edad, entre otros.

La profesora concluyó diciendo que se debe aspirar a más, pero que al menos esta decisión es «un poco de alivio» en un momento en que hay tantos ataques a los derechos reproductivos en Estados Unidos y Puerto Rico.

Mencionó los diversos proyectos de ley aprobados en la legislatura de Puerto Rico que buscan reducir los derechos de las mujeres, tratando de criminalizar las clínicas de aborto y exigir el consentimiento de los padres cuando se trata de una persona gestante menor de edad, entre otras medidas.

«Esto son claras estrategias que van dirigidas a ir minando ese derecho que es un derecho constitucional y humano», sostuvo.

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