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El Departamento de Justicia de Estados Unidos anunció que podría estar buscando la pena de muerte contra dos hombres por un doble crimen ocurrido recientemente.
Las leyes federales y la Constitución de Puerto Rico: artículos en torno a la Pena de muerte
De acuerdo al expediente electrónico del caso en contra de los imputados José Martínez Serrano y Edwin Yadiel Flores Tavarez, la fiscalía federal en Puerto Rico sometió una certificación de caso de pena de muerte.
A los acusados se le imputa el asesinato de dos jóvenes menores de edad en el área de Piñones, en Loíza, el pasado 25 de julio de 2023.
Según el comunicado de prensa del gobierno federal, «los acusados, ayudándose e instigándose entre sí y a otros, ilegal y deliberadamente se apoderaron, confinaron, secuestraron y raptaron, y retuvieron de otra manera, a T.D.C. y a N.R.L., y les dispararon, causándoles la muerte. Al cometer el secuestro y para llevarlo a cabo, Martínez-Serrano y Flores-Tavárez utilizaron un medio, instalación e instrumento de comercio interestatal o extranjero, a saber, un Ford EcoSport 2022 y un teléfono celular».
«Como se alega en la acusación, estos acusados actuaron juntos en el secuestro y asesinato vicioso de dos mujeres jóvenes», dijo en declaraciones escritas W. Stephen Muldrow, Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico. «El verano pasado, criminales violentos acabaron con la vida de dos jóvenes en la zona de Piñones. Desde ese momento, nuestro compromiso ha sido llevar a los criminales responsables ante la justicia», dijo por su parte Joseph González, Agente Especial a cargo de la Oficina del FBI en San Juan.
El comunicado del gobierno federal no dice que el caso será uno de posible pena de muerte, pero así surge del expediente electrónico del caso.
Se trata de una obligación impuesta por el estatuto, específicamente la Regla Local 144 A (b), en la cual se requiere que la fiscalía federal informe al Tribunal de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico cuando un gran jurado federal emita un pliego acusatorio que incluya delitos que puedan resultar en la imposición de la pena de muerte.
No. Lo que quiere decir es que hay una «posibilidad». De hecho, como parte de la moción, se informa que «al momento de esta moción, no se ha tomado una decisión de si se buscará o no la pena de muerte en este caso».
Hay decenas de delitos, pero algunos de ellos incluyen asesinatos cometidos como parte de un secuestro, asesinatos en medio de un robo violento de un automóvil (carjacking), muertes en medio de una captura de rehenes y asesinatos relacionados con el tráfico de drogas
La decisión final de si el caso será uno de pena de muerte se toma en la sede central del Departamento de Justicia de Estados Unidos en Washington D.C., luego de la evaluación que realiza un grupo llamado Comité de Pena de Muerte.
No todos los casos que son certificados como de pena de muerte se convierten en un caso de pena de muerte.
Además de enfrentar una posible sentencia de muerte, conforme a la Regla Local 144 A, se activan varios mecanismos a favor de los acusados.
Entre ellos, se les puede asignar no solo un abogado o abogada, sino dos, sin costo alguno.
Uno de estos abogados o abogadas suele ser un especialista en casos de pena de muerte, con experiencia previa en litigios similares.
Además, se aplican mecanismos procesales adicionales, como la presentación por parte de la defensa de factores mitigantes que podrían evitar la imposición de la pena de muerte.
En casos anteriores, estos factores han incluido condiciones de salud adversas o dificultades en la crianza desde la infancia, entre otros.
La mayoría de los casos, tanto penales como civiles, suelen concluir con un acuerdo entre las partes involucradas. En el caso de un proceso penal, este acuerdo suele darse entre la defensa y la fiscalía, y a menudo implica que el acusado reconoce su culpabilidad.
Sin embargo, en ausencia de un acuerdo y cuando se trata de un caso que involucra la pena de muerte, el proceso llega a la etapa de juicio.
En esta instancia, se llevan a cabo dos etapas distintas: la primera se centra en determinar la culpabilidad o inocencia de los acusados, mientras que la segunda etapa se enfoca en decidir si el castigo será la pena de muerte o cadena perpetua.
Ninguna. Desde la década de 1920, según el libro «Los que Murieron en La Horca», que identifica a Pascual Ramos como el último condenado y ejecutado a muerte en Puerto Rico tras matar a un hombre con un machete en 1927, no ha habido ejecuciones en la isla.
En 1929 se aprobó una ley que prohibió la pena de muerte, y esta prohibición se incorporó a la Constitución del Estado Libre Asociado en 1952.
Sin embargo, debido a la relación política de Puerto Rico con Estados Unidos y en virtud de la Ley de Pena de Muerte de 1996, en la isla se han llevado a cabo juicios de pena de muerte desde 2001.
Estos juicios han abordado una variedad de crímenes, que van desde la muerte de una confidente federal y el asesinato de un guardia de un camión blindado, hasta el desmembramiento de dos personas y una masacre en un negocio, entre otros.