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Urgen aprobación de ley para regular condiciones de trabajo del personal de enfermería

14 de mayo de 2024
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Por Héctor M. Méndez Vázquez, Oficial de Colecciones

El Senado de Puerto Rico tiene ante su consideración un proyecto de ley que propone imponer nuevas regulaciones a las condiciones laborales del personal de enfermería en el país.

La medida legislativa, radicada desde octubre de 2022, crea la Ley para establecer la dotación de personal de Enfermería para la atención de pacientes en instituciones de cuidado médico-hospitalarias.

La propuesta establece el número máximo de pacientes a ser atendidos en cada turno laboral por los profesionales de la salud dedicados a la enfermería,  según el área de servicios que corresponda y, regula además el número máximo de horas que podrían trabajar por jornada. Propone también establecer también las obligaciones del personal de enfermería, las responsabilidades de las instituciones médico-hospitalarias en casos de represalias, así como excepciones y penalidades.

El proyecto de ley, que fue presentado por el mecanismo de  «Petición», fue suscrita bajo la autoría del senador Rubén Soto Rivera, a la cual se unieron como coautores los senadores Javier Aponte Dalmau, Rafael Bernabe Riefkohl y la senadora Ana I. Rivera Lassén.

Se trata del  Proyecto del Senado 1035 y cuenta con el respaldo de la Fundación Pro Derechos de la Salud (FPDS), quienes en días recientes expresaron mediante un comunicado de prensa, con motivo a la Semana de la Enfermería, su fuerte deseo y apoyo para la aprobación de esta legislación. La medida está siendo evaluada por la Comisión de Salud del Senado, quienes este año han sometido dos informes recomendando su aprobación.

Puedes acceder aquí al proyecto

La exposición de motivos destaca que el sistema de salud pública del país ha sufrido en años recientes de un empobrecimiento en la calidad de los servicios recibidos por la población, y afirma que se debe entre otros factores  a una reducción de los presupuestos gubernamentales destinados a cuidados de la salud y al ánimo de lucro en la industria médica.

El proyecto, señala además, que la Secretaría Auxiliar para la Reglamentación y Acreditación de Facilidades de Salud (SARAFS) del Departamento de Salud de Puerto Rico, carece de los recursos necesarios para poder fiscalizar adecuadamente el cumplimiento continuo de las instituciones hospitalarias con patrones de personal de enfermería adecuados.

Afirman que esta situación  atenta contra el cabal cumplimiento de la política establecida mediante la «Ley para Regular la Práctica de la Enfermería en Puerto Rico» donde se reconoce que la práctica de la enfermería constituye un servicio social esencial con autonomía, que participa y colabora con otras disciplinas para promover el estado óptimo de salud, y el cual resulta esencial a la garantía del derecho de todo ciudadano a recibir servicios de calidad.

Por consiguiente, plantean necesario que el Estado intervenga, a los fines de establecer estándares mínimos de dotación de personal de enfermería por número de pacientes en las distintas instituciones de cuidados médico-hospitalario en Puerto Rico.

También se sugiere establecer diversos mecanismos para que tanto la ciudadanía como el personal de enfermería a cargo del cuidado directo de los pacientes, puedan activar procedimientos que permitan corregir oportunamente situaciones reiteradas de inadecuada atención médico-hospitalaria, por falta de suficiente personal de enfermería.

La medida hace referencia a varios estudios científicos que aseguran demostrar que el aumento de las tasas de muertes en pacientes hospitalizados está directamente relacionada con las pobres condiciones laborales de estos trabajadores, al ejecer su función con un número excesivo de pacientes a su cargo y una sobrecarga de trabajo que les genera agotamiento físico y mental.

Por todo lo antes expuesto, tanto el primer informe rendido por la Comisión el día 30 de enero, como su segundo informe rendido el 26 de febrero de 2024, recomiendan la aprobación de esta pieza legislativa, por entender que, de la misma forma en que se legisló sobre los salarios en beneficio de este grupo profesional, corresponde ahora establecer patrones de personal adecuados para restringir las extensas jornadas laborales a las que se somete al personal de enfermería, con el fin de garantizar una debida atención hacia los pacientes hospitalizados.

De ser aprobada y firmada por el gobernador, las disposiciones de esta ley comenzarán a aplicar a partir de ciento ochenta (180) días laborables, después de su aprobación.

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