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Vehículos oficiales estarán exentos de pagos de peaje durante emergencias

22 de junio de 2022
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Con el fin de eximir a determinados vehículos oficiales del pago de derechos en las estaciones de peaje y Auto Expreso, en casos de emergencias o desastres naturales, el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia firmó la Ley 40-2022 para enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.

La ley aplica en circunstancias como terremotos, tsunamis, huracanes y otros fenómenos de la naturaleza que produzcan un estado de emergencia nacional y una declaración de zona de desastre. La medida convertida en ley fue presentada por el representante José L. Collazo.

Los vehículos exentos durante una emergencia oficial serían los vehículos de extinción de incendios, rescate y salvamento, reacción a emergencias y ambulancias de los gobiernos municipales, central y federal, vehículos oficiales del Tribunal General de Justicia debidamente identificados, los convoyes militares de las Fuerzas Armadas, incluyendo las unidades de la Guardia Nacional y otros vehículos de motor de emergencia.

El texto de la ley sostiene que, en caso de emergencias y desastres donde se afectan vidas, hacienda y seguridad, no debe verse a las autopistas como un negocio que se beneficie en detrimento de la necesidad, infortunio y emergencia. Las autopistas deben fungir como una herramienta indispensable de reconstrucción. Por tanto, debe considerarse un asunto de seguridad nacional que todo vehículo dedicado al manejo de emergencias y desastres que, en una emergencia por desastres requiera transitar por las autopistas, lo pueda hacer sin costo y sin tener que verse afectados o reducido en su tiempo por asuntos como el pago o recarga de peajes de AutoExpreso.

El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas otorgará un sello que identifique dichos vehículos de motor como exentos a su paso por las estaciones de peaje o AutoExpreso, en caso de aquellas emergencias definidas por ley.

 

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