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Tras vencerse el término para la evaluación de la gobernadora Wanda Vázquez Garced, quedó vetada la medida que ordenaba un programa piloto de control de contaminación por ruido en la zona de los cayos y Playita Rosada de la Reserva Natural de La Parguera en Lajas.
El Proyecto de la Cámara 2538 proponía un plan piloto para atender la contaminación por ruidos excesivos o innecesarios.
La medida definía ruidos excesivos o innecesarios como todo sonido fuerte, perturbador, intenso y frecuente que —a la luz de la totalidad de las circunstancias— ocasionara molestias, afectara la tranquilidad o el pacífico vivir.
La definición incluía los ruidos que se generen en el área de Playita Rosada y en los cayos de la reserva de La Parguera.
El área de La Parguera fue designada como reserva natural por ser un área importante de recursos costeros, sujeta a serios conflictos de uso presentes o potenciales que deben preservarse en lo que sustancialmente es su condición actual, o donde sea posible restaurarlas a su condición natural previa.
La designación surgió de la Junta de Planificación, por recomendación del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA).
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La Parquera alberga especies y sistemas marinos, frágiles y sumamente valiosos como:
La medida citaba estudios que exponen el nivel de contaminación por ruido en el área de la reserva natural.
En particular, citan un estudio del programa Sea Grant de la Universidad de Puerto Rico (UPR) recinto de Mayagüez, que estableció que la contaminación por ruido lacera la integridad de la fauna y los recursos naturales, privando de su disfrute y atentando contra el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.
La medida designaba ciertas áreas de la Reserva Natural La Parguera como zonas de tranquilidad.
Las áreas eran:
El municipio de Lajas hubiese tenido jurisdicción concurrente con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales sobre las aguas territoriales del gobierno de Puerto Rico al sur del municipio, pero únicamente para el procesamiento de los infractores de la ley.
La propuesta legislativa disponía que toda persona natural o jurídica que violara la ley sobre ruido excesivo estaría sujeta a la imposición de una multa de $500 en contra del titular de la embarcación y, en caso de ser reincidente dentro de un año a partir de la primera infracción, la multa podría ser de hasta $1,000.
Una tercera reincidencia dentro de un período de dos años a partir de la primera infracción hubiese conllevado la imposición de multa de hasta $5,000 contra el titular de la embarcación y la confiscación de la embarcación desde la que se emitió el ruido.
El proyecto de la autoría del representante Joel I. Franqui Aquiles llegó a La Fortaleza el pasado 10 de julio 2020.
Transcurrido el término de 30 días para su consideración, se registró un veto de bolsillo desde el 11 de agosto 2020.
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