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Vista en el Supremo federal sobre caso ley armas y violencia de género

14 de noviembre de 2023
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Por Daniel Rivera Vargas

Con un tribunal dividido ante la petición, un caso sobre un hombre acusado de violencia de género y la protección constitucional federal a la tenencia de armas se debatió ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos.

En Estados Unidos v. Rahimi, se cuestionaba la constitucionalidad —al amparo de la Segunda Enmienda de la Constitución de Estados Unidos— de una disposición de una ley federal que prohíbe la tenencia de armas a personas con órdenes de restricción por violencia de género.

«Las armas de fuego y la violencia de género son una combinación mortal»,  fue el planteamiento inicial de la procuradora general de Estados Unidos, Elizabeth Prelogar.

Rahimi fue descrito por las autoridades como un traficante de cocaína y marihuana, a quien tras una agresión física a su pareja se le impuso en febrero de 2020 una orden de alejamiento y en aquel momento, se le advirtió que si durante la vigencia de la orden poseía un arma de fuego, podría ser procesado a nivel federal.

Poco después, Rahimi fue arrestado en relación a numerosos incidentes de armas y un gran jurado federal de Texas le radicó cargos por violar las secciones 922g(8) y 924(a)()2 del título 18 del Código de Estados Unidos, que prohíbe a una persona con orden de protección por violencia de género tener arma de fuego. El acusado enfrentaba hasta 10 años de cárcel.

El Tribunal federal de Apelaciones del Quinto Circuito determinó que la disposición de ley de 1994 que prohibía la tenencia de armas entre personas con órdenes de protección era «inconstitucional de su faz».

La posición de la administración Biden es que «el Quinto Circuito se equivocó profundamente», dijo Prelogar, quien abundó que la historia y tradición apunta a que hay instancias en las cuales es constitucionalmente válido restringir las armas de fuego, como lo es el caso de la persona con enfermedades mentales o el alcohólico habitual.

«Hay un principio de que se puede desarmar a gente peligrosa... es un principio que ya está articulado. No estamos pidiendo establecer nuevo territorio», indicó Prelogar.

La jueza Ketanji Brown Jackson sostuvo que «no [entendía] por qué  hay que hacer la búsqueda histórica».

Parte del debate entre los jueces con la procuradora Prelogar era cómo se definían partes de la ley, por ejemplo cuán extensamente se podía definir la peligrosidad y cómo definir «responsable y ciudadano cumplidor de la ley (law-abiding citizen)».

Por ejemplo, a preguntas del juez Clarence Thomas, Prelogar expuso que se podría entender que es irresponsable la persona que no almacena correctamente sus armas de fuego.

Mientras, a preguntas del juez presidente John Roberts, la procuradora no entró a categorizar si una persona que conduce a exceso de velocidad no es «law-abiding citizen» porque en ese caso es algo menos grave («misdemeanor«).

También el juez Neil Gorsuch elaboró de que hay ambigüedad en el término law-abiding citizen y Prelogar reconoció que puede haber discrepancias entre ella y el juez al respecto, pero que el caso de Rahimi es uno de peligrosidad, por lo que ya está resuelto la validez de la facultad legislativa en este aspecto.

«Aquí (en el caso de violencia de género) hay una conexión directa entre la no responsabilidad y el peligro», dijo la procuradora general.

Como el caso emana de un proceso civil, la procuradora insistió en que ya se ha resuelto jurisprudencialmente la validez de este tipo de restricción a la tenencia de armas.

Reconoció que si fuera un asunto atendido por una agencia administrativa, podrían haber otros argumentos porque hay un mayor cuestionamiento a que un funcionario del ejecutivo restrinja derechos constitucionales, pero esa no era la situación en el caso de Rahimi.

La posición de Rahimi fue elaborada por el defensor público federal de Amarillo, Texas, Matthew W. Wright, quien enumeró los variados estados en los que se permite una orden civil permanente por violencia de género.

Wright llamó la atención a que hay riesgos con la «búsqueda histórica» porque es «mirar hacia el interior de un pozo... Verás tu propio reflejo», y sostuvo que la prohibición a su cliente a base de la ley federal en controversia representa «un rechazo a un derecho constitucional».

«El que el Congreso hiciera esto sería una forma automática de desarmar... No hay un debido proceso... Va contra el derecho fundamental de un individuo a tener armas», dijo Wright.

El abogado enfrentó diversos tropiezos en los jueces. Por ejemplo, a preguntas de Thomas, el más veterano del más alto foro judicial, Wright se vio limitado a dar detalles de lo que pasó en el caso a nivel del tribunal estatal y Wright aseguró que esto «no es relevante».

«Es relevante porque hay planteamientos de peligrosidad. Tenemos un récord demasiado arenoso», le respondió Thomas.

Gorsuch también se expresó sorprendido por la postura del abogado al respecto, pero la jueza Amy Coney Barrett replicó que la orden va más allá de prohibir armas y que incluye aspectos como mantener distancia física de otras personas y no comunicarse con otras personas.

Más adelante en la vista, que se extendió por hora y media cuando originalmente se pautó para una hora, Barrett admitió estar «tan confundida» en medio de la argumentación de Wright.

En un momento dado, Wright pareció traer el asunto de ciertas disposiciones históricas sobre las vedas en casos de violencia y, ante esto, la jueza Elena Kagan sostuvo que antes se veían las cosas de manera muy diferente respecto a la violencia de género.

Sobre ignorar algunos estatutos del pasado, como solicitó Wright, la jueza Brown Jackson cuestionó si eso no era una falla, dado que en ese caso se ha hablado mucho de «historia y tradición».

«La ley ante nosotros es una veda aprobada por una Legislatura, no puedes evitarla... Tiene severas penalidades. Todo eso hace ese estatuto inconstitucional».

«Creo que usted está corriendo para alejarse de su argumento», ripostó poco después la jueza Sonia Sotomayor. «Es obvio que usted no le da armas a personas con el historial de su cliente».

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